La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) aprobó, recientemente, ciertas modificaciones al Reglamento de Tasas de Interés, Comisiones y Tarifas (el Reglamento), con el objetivo de eliminar ciertas restricciones a las transferencias de recursos de exportadores.
De esta manera, se elimina la tarifa máxima aplicable a las transferencias de recursos al exterior realizadas por un exportador. Asimismo, se define y conceptualiza el Sistema de Certificación de Fondos (SICEFO), se incluye en el reglamento una mención a un decreto que optimizó la tramitación de solicitudes de devolución impositiva, y se precisa la referencia normativa.
Estas modificaciones se aplicarán obligatoriamente para todas las Entidades de Intermediación Financiera (EIF) y Empresas de Servicios Financieros Complementarios (ESFC) que se encuentren debidamente registradas y con la correspondiente licencia ASFI.
Comentario final
Desde nuestra perspectiva, la modificación al Reglamento presenta un incentivo interesante a los efectos de apoyar las operaciones de exportación realizadas a nivel local por parte de exportadores. Asimismo, no descartamos que ASFI, como regulador del sistema financiero, pueda implementar medidas adicionales a los efectos de hacer frente a la crisis económica y de liquidez de divisas extranjeras que atraviesa el país.