En el Registro Oficial No. 57 de 12 de septiembre del 2019, se publicó la Ordenanza de incentivos y segunda reforma de la ordenanza que fija las tarifas máximas que la Terminal Aeroportuaria de Guayaquil (TAGSA) cobrará por los servicios que preste, tal y como se explica a continuación:

Se prevén descuentos a los vuelos comerciales internacionales en manera proporcional y temporal a las tarifas máximas de aterrizaje y estacionamiento:

1. Nuevas rutas directas: 

  1. Para nuevas rutas internacionales directas fuera del país que tengan como origen y destino Guayaquil.
  2. En el caso de que una aerolínea en vuelos comerciales radicada o nueva en el país, inicie al menos seis frecuencias semanales y acumuladas en dos o tres rutas nuevas o existentes.
  3. En el supuesto de que exista un incremento de doce o más frecuencias semanales en cuatro o más rutas nuevas o existentes se otorga el siguiente descuento:
1er año 100% 4to año 25%
2do año 75% 5to año 15%
3to año 50%    

2. Rutas internacionales con escala nacional:

En el caso de una ruta internacional mediando una escala dentro del territorio ecuatoriano y cuando haya incremento de frecuencias en las rutas existentes se otorga el siguiente descuento:

 

1er año 75% 3er año 25%
2do año 50% 4to año 15%

3. Incremento de frecuencias en las Rutas existentes:

En el caso de una ruta existente sea o no operada por la aerolínea que incrementa la frecuencia:

 

1er año 75% 3er año 25%
2do año 50% 4do año 15%

4. Incremento de frecuencias en rutas internacionales existentes con una escala nacional dentro del territorio ecuatoriano:

 

1er año 50% 3er año 15%
2do año 25%    

5. Incremento ocasional de nuevas frecuencias en rutas existentes y nuevas: 

En el caso de que la aerolínea por aumento de demanda deba incrementar de forma ocasional y por periodos menores a seis meses, pueden solicitar la reducción de tarifas máximas respecto de los vuelos que se incrementen a los existentes.

 

  Existentes Nuevas
1er año 50% 75%
2do año 25% 50%
3er año 15% 25%
4to año N/A 15%

6. Incentivos para nuevas rutas o frecuencias internacionales de vuelos de carga regulares:

 

1er año 100%
2do año 75%
3er año 50%

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