La Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA) estableció el procedimiento para la renovación automática del Certificado de Buenas Prácticas de Almacenamiento y Distribución (BPAyD) de medicamentos y dispositivos médicos, migrando de un sistema de control previo obligatorio a uno de renovación automática basado en la fiscalización posterior, sujeto a inspecciones sanitarias aleatorias.

El objetivo es simplificar trámites sin descuidar el control sanitario, redirigiendo los recursos humanos y logísticos de la institución hacia aquellos establecimientos que, por su perfil de riesgo, historial de cumplimiento normativo o naturaleza de sus operaciones, requieran una verificación presencial prioritaria. La normativa es de carácter estrictamente procedimental y de gestión administrativa, sin introducir nuevos requisitos técnicos ni alterar el estándar de cumplimiento exigido.

La resolución resulta aplicable a los establecimientos con BPAyD vigente cuyas actividades comprendan la importación, exportación, el almacenamiento y la distribución de medicamentos y dispositivos médicos.

La renovación podrá solicitarse dentro de los noventa (90) días corridos anteriores a la fecha de vencimiento, previo pago del arancel correspondiente. La falta de solicitud en tiempo y forma implicará la pérdida de la certificación de buenas prácticas, debiendo el interesado iniciar el trámite de emisión de un nuevo certificado.

Con posterioridad a la emisión de la renovación, la Dirección General de Inspección y Fiscalización realizará inspecciones dentro de la planificación anual, considerando el resultado de la evaluación de la gestión de riesgo sanitario, del informe de autoinspección y de las medidas correctivas propuestas.

La resolución entró en vigor el 15 de setiembre de 2026.