Se trata de un proyecto de ley de artículo único, asunto 168011, que prevé que, en los casos en que exista un conflicto colectivo laboral que afecte el funcionamiento normal de una empresa o sector de actividad por más de 15 días —provocando graves perjuicios y riesgos para los puestos de trabajo—, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) implementará procesos de negociación y mediación entre las partes con el fin de que puedan alcanzar un acuerdo.

Si, agotadas las vías conciliatorias, no se llegara a un acuerdo, el Ministerio solicitará a la parte empleadora una propuesta de solución, la cual deberá ser aprobada o rechazada por los trabajadores de las empresas afectadas mediante voto secreto, con la intervención de la Corte Electoral.

En la exposición de motivos, los legisladores señalan que el objetivo es dotar al MTSS de herramientas jurídicas adicionales para afrontar conflictos de larga duración que afectan gravemente a sectores económicos y al sustento de los trabajadores. Se invoca la legislación vigente (Ley Nº 13.720 y sus modificativas), que ya contempla mecanismos de consulta mediante voto secreto en determinados supuestos, y se enfatiza la compatibilidad del proyecto con las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) respecto del uso del voto secreto en el ejercicio del derecho de huelga.

El texto sostiene que la propuesta no vulnera la libertad sindical, sino que procura equilibrar derechos fundamentales en tensión —como la libertad sindical, la libertad de trabajo y el derecho de propiedad—, al tiempo que garantiza vías institucionales de resolución en escenarios de alta conflictividad.