El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, con la finalidad de resguardar y garantizar las condiciones adecuadas de salud, higiene, seguridad y bienestar en el trabajo por parte de los trabajadores, ha determinado la aplicación de la Norma Técnica de Seguridad NTS – 009/2023 de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
El nuevo Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo – PSST deberá contener lo siguiente:
- Comprensión de la actividad laboral
- Explicación detallada del proceso de servicio
- Requisitos Preliminares (Bienestar, Salud, Condiciones)
- Política, Organización y Funciones de la empresa
- Política de SST
- Organización y Funciones
- Conformación y composición del Comité Mixto y/o Coordinador de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar
- Comité Mixto
- Coordinador
- Planificación de la empresa
- Gestión de Riesgos Ocupacionales
- Estudios / Monitoreos de Higiene
- Monitoreos Generales
- Monitoreos Específicos
- Actividades de Alto Riesgo
- Inducción, capacitación y comunicación
- Dotación de Ropa de Trabajo y Equipos de Protección Personal
- Inspecciones Internas
- Plan de Emergencias
- Investigación y gestión de Accidentes de Trabajo y Acciones Correctivas
- Medicina de Trabajo y Salud Ocupacional
- Reportes de Seguimiento Interno y Autoevaluación
Todas las empresas deberán adecuar su Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo – PSST conforme la Norma Técnica – 009/2023 de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, y formalizar su presentación ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, en un plazo máximo de noventa (90) días calendario.
La Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional será la entidad encargada de vigilar e inspeccionar si las empresas aplican la Norma Técnica de Seguridad Mencionada.
En caso de incumplimiento, las empresas podrán ser susceptibles de sanciones y/o multas económicas.