El Banco Central del Uruguay emitió recientemente una nueva Comunicación (2017/151) por la cual impone nuevos requerimientos de información periódica para los asesores de inversión.
Esta nueva regulación impone la obligación de presentar en forma anual información muy detallada con respecto a las actividades de canalización y asesoramiento que desarrollan los asesores de inversión, incluyendo entre otras la siguiente información:
* Volumen de las órdenes canalizadas en el ejercicio económico anterior, discriminando según los siguientes factores:
(i) Tipo de productos;
(ii) Tipo de cliente (residente/no residente, PEP/no PEP, fondos de terceros/fondos propios, personas físicas/personas jurídicas);
(iii) Zona geográfica;
(iv) Canales de distribución.
* Volumen de comisiones recibidas en el ejercicio económico anterior, discriminando de igual que lo indicado en el párrafo anterior.
* Información operativa del Asesor. Entre otros:
(i) Realiza o no referenciamiento de clientes;
(ii) Canaliza órdenes de clientes realizando la registración previa de dihcas órdenes;
(iii) Cuenta o no con poder de libre administración;
(iv) Indicación de otros servicios provistos;
(v) Indicación de si el Asesor cuenta con acuerdos de referenciamiento con instituciones locales o del exterior y proporcionar copia de dichos acuerdos;
(vi) Información sobre tercerizaciones;
(vii) Información sobre cómo y dónde se realiza el resguardo de datos;
(viii) Información sobre los registros de órdenes y de clientes;
(ix) Información sobre ingresos por comisiones y otros;
(x) Cantidad de Clientes;
(xi) Tipo de instrumentos sobre los que asesora;
(xii) Cantidad de personas empleadas y procesos judiciales iniciados por clientes
* Se requiere también que el asesor verifique su información incorporada al Registro de Mercado de Valores y actualice la misma en caso de ser necesario.
La primera información a presentar será la correspondiente al año 2016, la cual deberá presentarse antes del 30 de setiembre de 2017.