El pasado 19 de marzo, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 20.469, que incorpora cambios significativos al régimen general de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (PLAFT) en Uruguay. Esto implica que los sujetos obligados del sector no financiero deberán:
- adecuar sus matrices de riesgo, tanto de la empresa, como de sus clientes;
- adaptar manuales de prevención en materia de PLAFT;
- fortalecer las políticas de gobierno corporativo en torno a los directivos y la alta gerencia.
El alcance de estas nuevas obligaciones también tendrá cierto impacto en los sujetos obligados del sector financiero. Los cambios, que aún están supeditados a su futura reglamentación, pueden sintetizarse en los siguientes aspectos:
Abogados, escribanos, contadores y toda otra persona física o jurídica
Las transacciones inmobiliarias que impliquen dación de pago, permuta o pagos realizados total o parcialmente con activos virtuales, estarán sujetas a controles en materia de prevención de lavado de activos para estas categorías de sujetos obligados.
Nuevos sujetos obligados
- Fiduciarios no financieros: se incluye a los fiduciarios no financieros, tanto generales como profesionales, como nuevos sujetos obligados, pero bajo la supervisión de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (SENACLAFT).
- Organizaciones sin fines de lucro: se amplía esta categoría, incorporando a los sindicatos y organizaciones empresariales como sujetos obligados.
- Prestadores de Servicios de Administración, Contabilidad y Procesamiento de Datos (BPO): se determina que los BPO que apoyen actividades financieras desarrolladas en el exterior deberán registrarse ante SENACLAFT, en las condiciones que determine la reglamentación.
Ampliación de procesos de debida diligencia
Estos procesos deberán también realizarse sobre accionistas, socios, inversores o aportantes de fondos de cualquier tipo, sujeto al alcance que determine la futura reglamentación.
Presunción de bajo riesgo para el sector no financiero
Se elimina la presunción de bajo riesgo para operaciones bancarizadas de los sujetos del sector no financiero.
Restricciones al uso de efectivo
Se reduce el umbral mínimo para operaciones en efectivo fijada en UI 1.000.000 a los siguientes mínimos:
- 200.000 UI;
- el 5% del valor total de la operación, siempre que dicho monto no supere las 450.000 UI.
Inmovilización de fondos y protección de terceros
Se amplía a 5 días hábiles la obligación de inmovilizar fondos cuando exista resolución fundada de la Unidad de Información y Análisis Financiero, en el marco de un reporte de operación sospechosa. Asimismo, se incorpora la posibilidad de liberaciones parciales a solicitud de terceros de buena fe.
Nuevo régimen de responsabilidad para directivos y la alta gerencia
Bajo el nuevo régimen, y sujeto a lo que determine la reglamentación, los directivos y la alta gerencia (no definida) podrán incurrir en responsabilidad administrativa, siendo pasibles de sanciones (apercibimiento, observación o multa), lo que estaba reservado exclusivamente a los sujetos obligados.
Delitos precedentes
Se incorporan el delito ambiental de introducción de desechos tóxicos y el fraude en las entidades integrantes del sistema financiero nacional.
Umbrales únicos
Se uniformizan los umbrales económicos definidos para calificar como actividades delictivas precedentes de lavado de activo, de acuerdo con el siguiente detalle:
- Defraudación tributaria: por monto superior a 400.000 UI.
- Defraudación aduanera: por monto superior a 400.000 UI.
- Contrabando, estafa, aprobación indebida y ciberdelitos: por monto superior a 100.000 UI.
Delito de asistencia al lavado de activos
Se adecúa la definición de “asistencia”, asociándola a los delitos de lavado de activos (conversión, transferencia, posesión, tenencia y ocultamiento), para diferenciarla de la “asistencia” de actividades delictivas precedentes.
Otros
Se prevén reformas en materia de diseño institucional, cooperación del sector público y cooperación internacional, aspectos procesales y penales, decomisos y extradición, entre otros.