La consulta vinculante versa sobre el tratamiento tributario que corresponde aplicar a las remuneraciones abonadas a los consultores y profesionales universitarios contratados por una entidad, que presten servicios personales a esta en forma independiente.
La SET concluyó que aquellas erogaciones en las que incurra la entidad en concepto de honorarios pagados a los consultores y profesionales universitarios que prestan sus servicios personales a la entidad de manera independiente, podrán ser consideradas como costo siempre que cumplan los requisitos señalados en la Ley Tributaria.
Ver Consulta Vinculante aquí.