El Banco Central de Bolivia (BCB), mediante el comunicado de prensa CP 35/2024 del 26 de junio de este año, comunicó a la población que, mediante la Resolución de Directorio N° 82/2024 de 25 de junio, se dejó sin efecto la Resolución de Directorio N° 144/2020, procediendo a habilitar los Instrumentos Electrónicos de Pago (IEP) para las actividades de compra y venta de los activos virtuales.
La decisión del BCB fue tomada en coordinación con la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) y la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF), tomando en cuenta la evaluación que realizó el GAFILAT a inicios de este año, donde sugirieron que se considere la apertura de Servicios de Activos Virtuales.
Bajo esta premisa tanto la ASFI como la UIF, en el marco de sus competencias, se comprometieron a controlar a las Entidades de Intermediación Financiera, y aplicar medidas preventivas contra posibles actividades sospechosas vinculadas con la legitimación de ganancias ilícitas y financiamiento para el terrorismo.
Asimismo, el BCB hizo énfasis en que la moneda de curso legal es el Boliviano, y que las operaciones realizadas en cripto activos, son y serán de única y entera responsabilidad de los usuarios de dichos activos, no estando la población obligada a aceptar este tipo de pagos.