El Decreto N° 6939 deroga el Decreto N° 3456/2020 “por el cual se declara estado de emergencia sanitaria en todo el Territorio Nacional por el COVID-19”, y el Decreto N° 3442/2020 “por el cual se dispone la implementación de acciones preventivas ante el riesgo de expansión del COVID-19 al Territorio Nacional”.
De esa manera, deja sin efecto el uso obligatorio de tapabocas. Sin embargo, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, dicto una serie de recomendaciones del uso de tapaboca de manera preventiva y en situaciones específicas:
Uso imprescindible:
- Personas con síntomas respiratorios.
- Servicios de Salud.
- Hogares de adultos mayores.
Uso recomendado:
- Transporte público.
- Espacios cerrados con aglomeración.
- Lavado de manos.
- Ventilación
Esta publicación contiene información de interés general y no constituye, ni debe ser tomada, como una opinión legal o asesoramiento sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoramiento legal sobre el tema de su interés.