El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social ha determinado aprobar el Reglamento de Notificaciones a través de Medio Electrónicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, a efectos de regular las notificaciones de actos y actuaciones administrativas emitidas por este ente.
A continuación, se señalarán los aspectos más relevantes de la disposición normativa:
- Tipos de notificación electrónica
- Notificación electrónica manual;
- Notificación electrónica automática
- Medios de notificación electrónica
- Correo electrónico señalado por el usuario, tercero responsable o representante legal de la empresa o establecimiento laboral;
- Línea telefónica celular con la aplicación móvil “WhatsApp”, señalado por el usuario, tercero responsable o representante legal de la empresa o establecimiento laboral
- El usuario, tercero responsable o representante legal de la empresa o establecimiento laboral es el responsable de proporcional el medio electrónico para realizar las notificaciones, así como el uso y administración de la contraseña
- La validez de la notificación se determinará por la confirmación de su envío al usuario, el cual tendrá plena validez para el cómputo de los plazos
- La notificación electrónica se tendrá por practicada en el momento del día y la hora del envío del acto administrativo y/o actuación administrativa al correo electrónico y/o línea telefónica celular con la aplicación “WhatsApp”
- A partir del día siguiente hábil de realizada la notificación electrónica, se computarán los plazos
- Se establecen como válidas las notificaciones efectuadas en días y horas hábiles administrativos