A lo largo del 2021, la SEDECO (Secretaria de Defensa del Consumidor y el Usuario) emitió varias resoluciones sancionando a empresas de distintos segmentos por violación de la nueva la Ley 6534/20 sobre el tratamiento de datos personales.
Todas las denuncias tienen un origen idéntico: postulantes a puestos de trabajo, que luego de realizada la entrevista, tomaron conocimiento de que las potenciales empleadoras accedieron a reportes de datos crediticios proveídos por burós de crédito, sin haber previamente obtenido el consentimiento de los denunciantes.
De acuerdo con la Ley 6534/20 el consentimiento previo, expreso e informado es un requisito ineludible para el tratamiento de datos personales, haciendo la norma especial énfasis en el tratamiento de datos personales de carácter crediticio.
En ninguno de los casos, las empresas pudieron acreditar que los postulantes hayan consentido el acceso a los reportes referentes a sus datos personales de carácter crediticio.
En consecuencia, la SEDECO inició los correspondientes sumarios administrativos, que tuvieron como resultado sanciones que oscilan desde apercibimientos sumados a la obligación de mejorar los procesos internos, hasta la imposición de sanciones pecuniarias por 500 jornales (alrededor de USD 6.500).