Recientemente, se emitió la Resolución MTESS N° 75/2025, que estableció el procedimiento para la aplicación de multas por incumplimiento de las obligaciones en el Registro Obrero Patronal, que entrará en vigencia a partir del 1° de febrero de 2025 según el siguiente detalle:
Formas de pago
Se permite el pago fraccionado de las multas por incumplimientos de las obligaciones bajo los Decretos N° 8304/17, modificado por el Decreto N° 9368/18, y el Decreto N° 1989/24, bajo las siguientes condiciones:
- Importe: el monto de la multa deberá ser de 20 jornales en adelante y se podrán sumar otras multas para llegar o superar ese monto. En caso de adicionarse los conceptos de multas para llegar a los 20 jornales, el fraccionamiento podrá aplicarse por los conceptos adicionales.
- Entrega inicial: al menos el 20% del importe total de las multas adeudadas a fraccionar.
- Plazo: 1 a 5 meses para multas que sumen hasta 100 jornales; 1 a 12 meses para multas que superen 100 jornales.
- Solicitud: la solicitud de fraccionamiento de multas será realizada a través del Sistema de Registro Obrero Patronal (REOP), debiéndose realizar la entrega inicial en el plazo de 48hs desde el momento de la solicitud.
Reversión de multas
Solo serán admitidas las solicitudes de reversión de multas siempre en el caso de un error del sistema REOP o inconsistencias de datos debidamente justificadas.
Multas no contempladas en esta reglamentación
Las multas por incumplimiento de las demás obligaciones establecidas en el Decreto Nº 1989/2024 que no estén contempladas en esta resolución entrarán en vigor una vez que sean reglamentadas por el MTESS.