El pasado 25 de mayo la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (SENACLAFT), publicó la Guía de señales e indicadores de riesgo de lavado de activos para Sujetos Obligados No Financieros ante el uso de activos virtuales. El objetivo de la Guía es facilitar la evaluación de riesgos ante la utilización de activos virtuales. 
 
El artículo 19 de la Ley 19.574, establece un enfoque basado en riesgos, estableciéndose que los sujetos obligados deben aplicar procedimientos de debida diligencia intensificada en aquellos casos en los que se utilicen nuevas tecnologías que favorezcan el anonimato. En ese sentido, en las operaciones en donde se utilicen activos virtuales, el sujeto obligado deberá necesariamente aplicar medidas de debida diligencia intensificada.
 
SENACLAFT destaca que al momento de la publicación de la Guía la actividad de proveedores de servicios virtuales, así como la utilización de activos virtuales, no cuenta con regulación legal en el país, situación que puede cambiar en el corto plazo. 
 
Para acceder a la guía, hacer clic aquí.