Los empleadores deberán presentar a través de la plataforma REI del Instituto de Previsión Social (IPS):

  1. Un formulario de declaración jurada sobre las funciones que desempeñará el trabajador, acorde a su examen admisional.
  2. Formulario de examen médico admisional/ficha medica ocupacional admisional:
    1. Debe ser presentado dentro de los 90 días corridos a partir de la inscripción del trabajador en el IPS. Vencido el plazo constituirá una infracción administrativa equivalente a 10 días multa (Gs.215.254 aproximadamente) que será aplicada en el extracto de cuenta del empleador.
    2. Deben constar las patologías preexistentes que afectan al trabajador, especificando las causas y la fecha probable de inicio de dichas patologías y la ocupación para la cual el trabajador es contratado.
    3. El examen médico admisional debe comprender: (i) examen clínico; (ii) examen de sangre completo; (iiI) otros estudios según solicitud del médico de la empresa, acorde al puesto y riesgo de la actividad del trabajador.
  3. Los empleadores están eximidos de presentar el examen médico admisional en los siguientes casos:
    1. Cuando se registra la baja del trabajador antes de los 90 días corridos desde su inscripción al IPS.
    2. Cuando se registre la baja del trabajador posterior a los 90 días desde su inscripción al IPS, en cuyo caso se aplicará la multa correspondiente (10 días multa- Gs.215.254 aproximadamente) por cada trabajador hasta su fecha de salida.
  4. El IPS puede requerir la presentación de los exámenes médicos admisionales a los empleadores en caso de que estime necesario, en cuyo caso se realizará un examen médico laboral a través de una Junta Médica del IPS para constatar la veracidad del certificado médico presentado por el empleador

La resolución estará vigente una vez aprobada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.