Mediante Dictamen de 29 de junio de 2020, la Corte Constitucional consideró que el último Decreto de Estado de Excepción es, en su mayoría, compatible con la Constitución.
Se concedió que se establezcan las medidas decretadas conforme los principios constitucionales y velando por los derechos de los ciudadanos y las ciudadanas.
Como elementos de interés se estableció que la “emergencia económica” no es una de las causales para decretar el estado de excepción, puesto que puede manejarse por medio de mecanismos jurídicos ordinarios, por lo cual solo se considera la crisis sanitaria.
Asimismo, el Dictamen hace especial énfasis en: (i) no utilizar los fondos públicos destinados a la salud y educación; (ii) demandar que las entidades públicas encargadas de combatir el COVID-19 lo hagan con apego a la Constitución, con probidad y transparencia y cumplan con su obligación de denunciar los actos de corrupción que llegaren a su conocimiento; y, (iii) que el Presidente de la República informe, cada 30 días, a la Corte de las acciones tomadas para la transición hacia la “nueva normalidad”.