La Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (“DINAVISA”), emitió la Resolución No. 50/22 (la “Resolución”), con fecha del 17 de marzo de 2022, por la que se establecen los delineamientos para el llamado de solicitudes para la obtención de la única licencia de producción e industrialización controlada de cannabis habilitada por el Decreto No. 6519/2021 (el “Decreto”).
La Resolución dispone que las solicitudes de obtención de licencia deberán presentarse ante DINAVISA en un sobre cerrado, desde el lunes 28 de marzo de 2022 al viernes 26 de abril de 2022.
A fin de poder presentarse al llamado, el solicitante deberá cumplir, entre otros, con los siguientes requisitos: (i) tener domicilio constituido en Paraguay, (ii) contar con un laboratorio habilitado para la fabricación de medicamentos de uso humano, (iii) contar con un regente técnico.
La Resolución aprueba los lineamientos establecidos en la Resolución No. 433/2019 para el examen de las solicitudes de obtención de licencia de producción e industrialización controlada de productos derivados de la planta de cannabis. En dicha Resolución No. 433/2019 se establecen las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtención de dicha licencia.
Una vez cumplido el plazo, las solicitudes de licencia serán evaluadas por un comité integrado por un representante de las siguientes instituciones: (i) DINAVISA; (ii) Secretaría Nacional Antidrogas (“SENAD”); (iii) Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (“SENAVE”); y, (iv) Ministerio de Industria y Comercio (“MIC”).
El Comité Evaluador tendrá treinta (30) días para finalizar la evaluación respectiva y emitir el dictamen correspondiente para la concesión de las licencias.