Bolivia acaba de declarar la inconstitucionalidad de la prohibición de emisión de bonos de carbono, lo cual, representa un avance crucial para un generar futuro sostenible y responsable con el ecosistema natural y el medio ambiente.
Los bonos de carbono son un método de compensación de emisión de dióxido de carbono, a través del cual, una empresa o institución puede recibir créditos si reduce sus emisiones de dióxido de carbono (CO2) u otros gases de efecto invernadero (GEI) por debajo de un determinado umbral que mitigue la afectación del medio ambiente.
Básicamente, sirven como un mecanismo de lucha contra el cambio climático buscando que se incentive la reducción de emisiones perjudiciales al ecosistema y se fomente la inversión de tecnologías limpias y sostenibles.
De forma constante, Bolivia ha participado de varios acuerdos internacionales relacionados con la reducción del efecto invernadero y el cambio climático:
- Protocolo de Kioto: el 22 de julio de 1999, Bolivia ratificó por ley su firma del Protocolo de Kioto, el cual, estableció mecanismos que permiten la inversión de proyectos de reducción de emisiones de carbono en países en desarrollo, a cambio de recibir bonos de carbono.
- Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático: el 25 de julio de 1994, Bolivia ratificó por ley la firma del Convenio Marco de las Nacionales Unidas sobre el Cambio Climático (CMUCC), por medio del que el país se sumaba a la iniciativa de frenar el cambio climático a nivel global, promoviendo la aplicación de diversas iniciativas que fomenten la reducción de emisiones de carbono.
- Acuerdo de París: el 17 de septiembre de 2016, Bolivia ratificó su firma al Acuerdo de París, cuyo objetivo principal era limitar el aumento de la temperatura general global, fomentando la reducción inmediata de las emisiones de carbono y de efecto invernadero.
A pesar de la participación directa en estos acuerdos internacionales, de manera totalmente contradictoria, Bolivia adoptó una postura negativa contra los bonos de carbono, prohibiendo la emisión de estos bonos a través de la Ley N° 300 sobre la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien, promulgada el 15 de octubre de 2012.
A raíz de la promulgación de esta ley, se generó una acción de inconstitucionalidad abstracta, en virtud de que el carácter y la naturaleza de la ley suponía una restricción directa de los compromisos internacionales que había ratificado previamente Bolivia. La citada ley nacional afectaba de manera directa los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política del Estado y los Convenios Internacionales sobre Derechos Humanos, los cuales cuentan con prelación para su aplicación según el texto constitucional boliviano y la conformación del bloque de constitucionalidad.
Recientemente, el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia ha emitido la Sentencia Constitucional N° 0040/2024 de 19 de junio de 2024, por medio del cual, declara la inconstitucionalidad de la prohibición de la mercantilización de las funciones ambientales, incluyendo los mecanismos de financiamiento asociados a los mercados de carbono, contenida en el artículo 32.5 de la Ley N° 300, en virtud de los siguientes argumentos:
- La prohibición de los bonos de carbono -como mecanismo lícito y legítimo destinado a reducir las emisiones de carbono y de gases de efecto invernadero- suponen un grave atentado contra el núcleo esencial del derecho al medio ambiente, libertad de empresa y del comercio, ya que limita el único mecanismo destinado a compensar la desigualdad de polución.
- El Estado y la sociedad tienen el deber de promover la mitigación de efectos nocivos de los pasivos ambientales que afectan al medio ambiente, por lo que la limitación de un país a la mitigación del cambio climático repercute a nivel global.
- La referida ley afecta directamente al derecho fundamental y el derecho humano al medio ambiente saludable, protegido y equilibrado, que fue plenamente firmado, ratificado y reconocido por Bolivia a través del Protocolo de Kioto, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Acuerdo de París, y otros acuerdos internacionales destinados a mitigar el cambio climático.
La declaración de inconstitucionalidad de la citada prohibición establecida mediante la Ley N° 300 supone un cambio positivo para Bolivia, ya que las empresas pueden invertir en proyectos sostenibles a cambio de la obtención de créditos.
Este nuevo escenario representa una oportunidad histórica para el país, atrayendo inversiones extranjeras que estimulen la economía boliviana, generando sectores verdes, y fomentando la innovación en energías limpias y renovables.
En conclusión, Bolivia abre las puertas al crecimiento económico y la innovación, generando una oportunidad de desarrollo necesaria para el momento actual del país.