Hasta ahora, las Entidades de Intermediación Financieras (EIF) tenían establecidos comisiones máximas de hasta 20% para cobrar comisiones por transacciones con el exterior, ya sean transferencias, compras por internet, pagos por POS físicos y retiros en cajeros automáticos del exterior.
Ahora, la nueva normativa emitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) establece una “Comisión Máxima Variable” (CMV) por transacciones con el exterior, que será calculada por la ASFI. Las EIF no podrán cobrar más que la CMV.
La nueva CMV toma en cuenta el tipo de cambio de las compras de dólares americanos realizados por los bancos al tipo de cambio paralelo, traspasando su costo promedio al consumidor financiero.
La CMV no aplica para las siguientes operaciones:
- Compras por internet, pagos por POS físicos y retiros en cajeros automáticos hasta USD 100 mensuales. En estos casos, aplica únicamente la tasa de cambio oficial de 6.96 bolivianos.
- Transferencias por conceptos de importaciones, salud o educación en efectivo sin venta de moneda extranjera. En estos casos, aplica una comisión máxima del 3%.
- Operaciones realizadas por el Banco Unión relacionadas con la Administración pública.
Es importante mencionar que las comisiones cobradas por EIF o empresas de giro siguen siendo fijas, con porcentajes máximos de 20%.
En resumen, las nuevas comisiones bancarias para transacciones con el exterior intentarán cubrir la brecha entre la cotización oficial del dólar con respecto a su cotización paralela, para cubrir la necesidad de este tipo de operaciones.