Se modificó el proceso de incorporación definitiva al pabellón nacional de embarcaciones que operan bajo el régimen de leasing. Las embarcaciones que deseen integrarse a la Flota Mercante Nacional (FMN) deberán cumplir con los requisitos establecidos para embarcaciones usadas, exceptuando el límite de antigüedad.
El Decreto N.º 3124/24 establece un plazo máximo de un año desde el vencimiento de la resolución de bandera de la embarcación para formalizar esta incorporación. El proceso incluye la importación definitiva del bien por el cual se solicita el beneficio; y, presentar la cancelación de todos los tributos correspondientes para ingresar definitivamente al país.
Para ser parte de la FMN, los armadores deben presentar un plan que debe ser aprobado por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) antes del vencimiento de la resolución o autorización que les habilita a mantenerse en territorio paraguayo. El plan debe contemplar que el 50% de la flota sea incorporado en los primeros seis meses y el porcentaje restante en los seis meses siguientes.
Durante este período de admisión, las embarcaciones que aún no se hayan incorporado definitivamente podrán seguir operando bajo el régimen de leasing con el certificado de habilitación anual expedido por la Dirección General de la Marina Mercante, hasta que el MOPC apruebe su incorporación a la FMN.