Un nuevo Decreto del Poder Ejecutivo introduce novedades que complementan y amplían lo establecido en el artículo 396 de la Ley N° 19.924 sobre sanciones que el Ministerio de Salud Pública (MSP) puede aplicar en caso de infracciones a la normativa sanitaria vigente.

El artículo 396, que establecía el elenco de sanciones que puede aplicar la Dirección General de Fiscalización del MSP en la materia, se ve complementado por este Decreto. A continuación, destacamos los puntos más relevantes que se incluyen:

  1. Registro de infractores: se creará un registro de infractores para facilitar el control y seguimiento de las infracciones sanitarias, permaneciendo allí por 5 años.
  2. Sanciones: el MSP podrá tanto decomisar, como intervenir, la mercadería en caso de riesgo sanitario. La intervención implica la imposibilidad de comercializar y movilizar la mercadería.
  3. Facultades de los inspectores:
    • Inspecciones y exámenes: los inspectores podrán realizar inspecciones, permitiéndose el ingreso libre en bienes muebles o inmuebles, y realizar cualquier examen necesario para cerciorarse que las disposiciones legales se observan estrictamente, así como para evaluar la existencia de riesgo sanitario.
    • Interrogatorios y documentación: podrán interrogar al director técnico, representante legal o al personal de la empresa sobre cualquier asunto relativo al objeto de la inspección, a efectos de verificar el cumplimiento de la normativa y la inexistencia de riesgo sanitario. También podrán exigir la presentación de registros u otros documentos, obtener copias, imágenes o extractos de estos, y tomar medidas de seguridad para su preservación.
    • Otras facultades: también podrán tomar fotografías, videos y sacar muestras de sustancias y materiales utilizados o manipulados en el establecimiento, formular observaciones por escrito, intimar por escrito la subsanación de las deficiencias, observaciones o los incumplimientos detectados, y fijar plazos o términos adecuados para el cumplimiento de las órdenes, sugerencias o intimaciones practicadas.