El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social ha dispuesto la obligatoriedad que tienen las empresas públicas y privadas para cumplir con las normas técnicas de seguridad sobre ergonomía y su procedimiento para evaluar potenciales riesgos.
 
El objetivo de la norma es proporcionar bienestar, seguridad y mayor eficiencia en el desempeño y productividad de los trabajadores. 
 
Las medidas que más destacan de la norma, son las siguientes: 
 
Se ha limitado el peso máximo de carga que pueden soportar los trabajadores
 
  • Varones, 25 Kg. peso máximo, y 15 Kg. peso recomendado. 
  • Mujeres, y adolescentes, 15 Kg. máximo, y 9 Kg. recomendado.
Se ha limitado el peso máximo de transporte de materiales que pueden soportar los trabajadores 
 
  • Varones, 25 Kg. peso máximo para impulsar y 10 Kg. para mantener la carga. 
  • Mujeres, 15 Kg. peso máximo para impulsar y 7 Kg. para mantener la carga. 
 
Se ha limitado el peso máximo de transporte de materiales que pueden soportar los trabajadores 
 
  • Varones, 25 Kg. peso máximo para impulsar y 10 Kg. para mantener la carga. 
  • Mujeres, 15 Kg. peso máximo para impulsar y 7 Kg. para mantener la carga. 
 
Los trabajos de pie deberán cumplir con los siguientes requisitos 
 
  • Evitar flexión y torsión del tronco. 
  • El puesto de trabajo deberá tener dimensiones adecuadas. 
  • Las tareas de manipulación de cargas deberán realizarse sobre superficies estables. 
  • Se debe poner asientos adecuados para los descansos. 
  • Todos los empleados deberán recibir una formación para posicionamientos y posturas de trabajos. 
 
Los trabajos en posición sentada deberán cumplir con los siguientes requisitos:
 
  • El mobiliario debe estar diseñado o adaptado para esta postura. 
  • El plano de trabajo debe contener dimensiones antropométricas. 
  • Evitar incorporar objetos que impidan el libre movimiento. 
  • Se incentivará los ejercicios de estiramiento en el ambiente laboral. 
  • Todos los trabajadores deberán recibir una formación para posicionamientos y posturas de trabajo. 
 
Condiciones de trabajo que los empleadores deben evaluar constantemente:  
  • Ruido
  • Iluminación 
  • Ambiente térmico 
  • Ventilación 
  • Vibración 
  • Radiaciones electromagnéticos 
  • Sustancias químicas 
  • Otras que correspondan 
Otorgación de equipos por parte del empleador
  • El empleador deberá otorgar equipos y herramientas adecuados. 
  • El empleador deberá contar con equipos informáticos que tengan condiciones de movilidad suficiente y pantallas que eviten reflejos.