A partir del 19 de setiembre de 2022, las personas físicas y jurídicas que desarrollen actividades de compraventa de joyas, piedras y metales preciosos deberán registrarse, o en su caso reinscribirse, como sujetos obligados ante la SEPRELAD, a través del Sistema Integrado de Reporte de Operaciones (“SIRO”).
A partir del 1 de enero del 2023, todas las personas físicas y jurídicas dedicados a este sector deberán encontrarse inscriptos o reinscriptos en este sistema. A partir de dicha fecha, todas las constancias de inscripción emitidas por la SEPRELAD con anterioridad a la aprobación del sistema SIRO, quedarán sin efecto.