El pasado 5 de diciembre, el Banco Central del Uruguay (BCU) publicó un nuevo proyecto normativo (el Proyecto) que propone modificaciones significativas a la Recopilación de Normas del Mercado de Valores (RNMV) en materia de emisión de valores de oferta pública y la actividad de las empresas administradoras de plataformas de financiamiento colectivo y los fideicomisos financieros.

A continuación, presentamos los puntos más relevantes:

Novedades para los fideicomisos financieros

El Proyecto introduce como principal modificación la posibilidad de que los fideicomisos financieros puedan emitir valores representativos de deuda bajo un régimen simplificado y a través de plataformas de financiamiento colectivo, siempre que se cumplan determinados requisitos.

En ambos casos, serían aplicables al fideicomitente los límites de emisión previstos en la RNMV, junto con nuevos requerimientos relacionados con el régimen informativo y las condiciones de inscripción.

Además, para las emisiones de oferta pública bajo el régimen simplificado, el Proyecto exceptúa la presentación del informe de calificación de riesgo entre la documentación requerida.

Novedades para los emisores y empresas administradoras de plataformas de financiamiento colectivo

El Proyecto propone que los emisores con emisiones vigentes en régimen general o simplificado no puedan emitir valores de oferta pública a través de plataformas de financiamiento colectivo, entre otras restricciones.

Por otra parte, los cambios propuestos permitirían a los emisores emitir valores de oferta pública bajo el régimen simplificado, incluso si ya cuentan con emisiones vigentes en el régimen general, eliminando así la restricción previamente existente en esta materia.

Asimismo, en caso de aprobación del Proyecto, las empresas administradoras de plataformas de financiamiento colectivo tendrán prohibido asumir, de manera directa o indirecta, el rol de inversores en las emisiones realizadas a través de las plataformas que gestionan cuando dichos montos superen el 10% del total de cada emisión. Además, la financiación deberá instrumentarse exclusivamente mediante la emisión de valores representativos de deuda, entre otros requisitos.

Para asegurar la separación e independencia de los fondos propios y los fondos de los clientes, el Proyecto propone que las empresas administradoras de plataformas de financiamiento colectivo mantengan los fondos de los clientes en fideicomisos financieros creados específicamente para este propósito, en los cuales las empresas actuarán como fideicomitentes.

Además, el Proyecto introduce cambios relevantes en las obligaciones de información para las empresas administradoras de plataformas de financiamiento colectivo.

Modificaciones a los límites de emisión e inversión

El Proyecto propone un incremento en el monto límite por emisor de valores en circulación en el conjunto de plataformas de financiamiento colectivo, estableciendo un máximo de 20.000.000 UI.

En cuanto a los límites de inversión y emisión aplicables a inversores pequeños, se establece un límite de 75.000 UI por emisión, y un límite de emisión por plataforma de 300.000 UI.

Asimismo, el Proyecto plantea una recalificación de los inversores pequeños, definiéndolos como aquellos cuyo total de activos financieros no supere los 1.500.000 UI, lo que representa un aumento de 500.000 UI respecto al régimen actual.

El plazo para enviar comentarios sobre el Proyecto finaliza el 31 de diciembre de 2024.