La Ley N° 7383/2024 regula los permisos laborales para controles prenatales de las trabajadoras gestantes del sector público y privado.

Se establece el derecho de las trabajadoras a ausentarse hasta 4 (cuatro) horas para consultas prenatales, computadas como horas trabajadas sin descuentos salariales. Estas ausencias requieren aviso previo al empleador con al menos 2 (dos) días de anticipación, excepto en casos de urgencia. Asimismo, las trabajadoras deben acreditar la asistencia a las consultas, controles y estudios realizados mediante una constancia o comprobante emitido por el profesional o entidad tratante.

El permiso, además, podrá ampliarse si el médico tratante lo considera según las necesidades. Asimismo, se establece que dichos permisos no pueden ser negados siempre que la trabajadora cumpla con los requisitos de aviso y presentación de constancias que acrediten la asistencia.

El incumplimiento de las disposiciones será sancionado con multas de entre 10 (Gs. 1.076.270/USD 138) y 50 (Gs. 3.228.810/USD 414) jornales mínimos diarios, duplicándose en caso de reincidencia.