El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) emitió la Resolución No. 47/2026, que crea el Catastro Nacional de Proyectos de Mitigación, un registro administrativo obligatorio para proyectos que generen, o puedan generar, créditos de carbono en Paraguay (el Catastro).

Esta medida constituye un nuevo paso en la implementación del marco regulatorio del mercado de carbono en Paraguay, establecido por la Ley N° 7190/2023 y su decreto reglamentario.

El Catastro busca identificar y clasificar proyectos que implementen medidas de reducción, evitación o absorción de gases de efecto invernadero (GEI) dentro del territorio nacional y asegurar la trazabilidad de las reducciones de emisiones, evitando la doble contabilidad y fortaleciendo la integridad del sistema.

1. Registro obligatorio e implicancias 

La inscripción en el Catastro será obligatoria para proyectos de mitigación desarrollados en Paraguay, independientemente de su sector, tecnología o estándar de certificación.

La inscripción no sustituye ni afecta el proceso de certificación ante estándares internacionales, pero constituye un paso administrativo obligatorio dentro del sistema nacional de registro de créditos de carbono.

Este nuevo requisito introduce implicancias regulatorias relevantes para el desarrollo de proyectos de carbono en Paraguay, particularmente en relación con la estructuración legal de los proyectos, la titularidad de los créditos de carbono, los derechos sobre la tierra y el cumplimiento ambiental y regulatorio.

2. Alcance: incluye proyectos existentes

La obligación alcanza tanto a proyectos nuevos como a proyectos actualmente en desarrollo, en proceso de certificación, o que ya cuenten con créditos de carbono emitidos.

Los titulares de proyectos que ya se encuentren en cualquier etapa del ciclo del proyecto deberán realizar la inscripción en el Catastro antes del 15 de marzo de 2026. Este plazo fue establecido como único e improrrogable. 

3. Costo administrativo de inscripción

La inscripción requiere el pago de un canon administrativo equivalente a 150 jornales mínimos, lo que actualmente equivale a PYG 16.725.300 o USD 2.500, aproximadamente.

4. Consecuencias del incumplimiento

El incumplimiento de la obligación de inscripción constituye infracción administrativa y podrá dar lugar a la imposición de sanciones por parte del MADES, que pueden incluir amonestaciones, multas (entre 1 y 20.000 jornales mínimos, dependiendo de la gravedad de la infracción y otras circunstancias evaluadas en el procedimiento administrativo), inhabilitación temporal para registrar nuevos proyectos, o la inhabilitación definitiva para transferir o comercializar créditos de carbono.

5. Requisitos para la inscripción

Una vez realizado el pago del canon administrativo, la solicitud de inscripción debe presentarse ante la Dirección de Mercados de Carbono del MADES mediante nota acompañada de un formulario con información general del proyecto y una declaración jurada sobre la veracidad de la información presentada.

Además, el MADES requiere la presentación de cierta documentación legal, técnica y ambiental del proyecto.

 

Nuestro servicio

FERRERE asesora a empresas, desarrolladores e inversionistas en el desarrollo y estructuración legal de proyectos de carbono en Paraguay, incluyendo:

  • estructuración legal y contractual de proyectos,
  • análisis de titularidad de créditos de carbono,
  • revisiones de debida diligencia,
  • cumplimiento ambiental y regulatorio,
  • estructuración contractual con propietarios de tierras y compradores de créditos, y
  • procesos de registro ante autoridades nacionales.

El equipo de FERRERE se encuentra monitoreando la implementación de esta normativa y puede asistir en el proceso de inscripción de proyectos ante el MADES y en la estructuración de proyectos dentro del marco del mercado de carbono en Paraguay.