A partir del 1 de julio de 2026, entró en vigor la segunda y última etapa del esquema de reducción de los topes máximos aplicables a las comisiones por servicios de intermediación de pagos realizados con tarjetas de crédito y débito, establecido por el Banco Central del Paraguay (BCP) mediante una resolución del 13 de marzo de 2025. Conforme al cronograma allí previsto, desde esta fecha el porcentaje máximo de comisión queda fijado en 3% para operaciones con tarjetas de crédito, y 2% para operaciones con tarjetas de débito.

La entrada en vigor de estos nuevos límites representa un paso relevante en la transformación del ecosistema de pagos en Paraguay. La reducción de los costos de aceptación de pagos electrónicos busca facilitar el acceso de comercios de todos los tamaños a estos medios de cobro, promover una mayor competencia entre los proveedores de servicios de pago, e impulsar la digitalización de la economía. Al mismo tiempo, la medida genera un entorno más atractivo para la expansión de adquirentes, subadquirientes, pasarelas de pago, fintechs y demás participantes del mercado, en un contexto en el que el desarrollo de la infraestructura de pagos continúa siendo una prioridad regulatoria.

Aspectos claves:

  • Alcance de la regulación. Los nuevos límites alcanzan tanto a las entidades emisoras, como a todas las operadoras y demás entidades que participen en cualquier etapa del proceso de intermediación de pagos electrónicos con tarjetas, sin importar la tecnología utilizada o la función que desempeñen dentro de la cadena de procesamiento.
  • Menores costos para los comercios. La reducción de las comisiones disminuye el costo máximo asociado a la aceptación de pagos con tarjetas, favoreciendo especialmente a pequeños y medianos comercios, emprendedores y nuevos negocios que buscan incorporar medios de pago electrónicos.
  • Mayor competencia en el ecosistema de pagos. La aplicación de los topes a todos los participantes de la cadena de intermediación evita distorsiones regulatorias entre adquirentes tradicionales, subadquirientes y pasarelas de pago, promoviendo condiciones más homogéneas para la prestación de estos servicios.
  • Oportunidades para la digitalización del mercado. La medida acompaña el proceso de modernización del sistema de pagos paraguayo y crea condiciones más favorables para la adopción de soluciones digitales por parte de comercios y consumidores. En combinación con otras iniciativas impulsadas por el BCP, como el desarrollo de infraestructura para pagos instantáneos y QR interoperables, este cambio contribuye a acelerar la transformación digital del sector financiero y de pagos.
  • Objetivos regulatorios. El BCP fundamentó la medida en estudios técnicos que concluyeron que las comisiones vigentes se encontraban por encima de los niveles observados en otros mercados de la región. La autoridad monetaria espera que los nuevos topes fomenten la inclusión financiera, la bancarización, la reducción del uso de efectivo y una mayor eficiencia en los medios de pago electrónicos.
  • Obligaciones de información. La resolución también dispone que las entidades emisoras y operadoras deberán remitir al BCP información sobre las comisiones efectivamente cobradas, conforme al formato y medio que determine la Subgerencia General de Operaciones Financieras.