El Banco Central del Paraguay (el “BCP”), a través de la Resolución N° 10, Acta N° 49 del 12 de julio de 2019, modificó y amplió las normas referidas al cobro de comisiones por administración y operación de tarjetas. Esta modificación afectará principalmente a las emisoras y operadoras de tarjetas de crédito o débito.
Entre las modificaciones más relevantes se incluyen las siguientes:
- El aumento de los requisitos de información que deben ser publicados por las emisoras y operadoras;
- La determinación del formato de publicación de las comisiones, identificando factores de descuento y otras condiciones de cobro;
- La determinación y publicación del límite a la tasa por intermediación en forma anual, dentro de la segunda quincena de marzo; y
- La potestad del BCP de modificar dicho límite en cualquier momento, a través de una resolución fundada.
****
Esta publicación contiene información de interés general y no constituye ni debe ser tomada como una opinión legal o asesoramiento sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoramiento legal sobre el tema de su interés.
Contacto: Carlos Codas y Juan Da Silva