El 26 de marzo de 2020, se promulgó el Decreto Nro. 3488/2020 que modifica y regula en forma más específica el deber de proporcionar información a la Comisión Nacional de Competencia (“CONACOM”).

 

A continuación, las disposiciones más relevantes:

 

  1. Se establece la obligación general de proveer información a la CONACOM, incluyendo la provisión de documentos y la obligación de participar en audiencias.
  2. Las personas físicas o jurídicas, los directores, gerentes o representantes de personas jurídicas (siempre que hayan intervenido en el incumplimiento),, y los funcionarios públicos, pueden ser sancionados por incumplimiento del deber de proveer información.
  3. Los montos de la multa para el sector privado oscilan entre aproximadamente USD 130 y USD 3.850, los cuales pueden ser duplicados sin limitación.