Recientemente, la Superintendencia de Servicios Financieros (“SSF”) del Banco Central del Uruguay (“BCU”) publicó el Plan de Actividades para el presente año.
A continuación, detallamos las principales líneas del mencionado Plan de Actividades, el cual se divide en: Iniciativas Estratégicas, Iniciativas Operativas y el Plan de Regulación.
A) Iniciativas Estratégicas:
Las mismas comprenden metas institucionales y sectoriales.
I) A nivel institucional, se proponen el análisis y rediseño de los procesos de Regulación, Autorización y Supervisión de todas las entidades que integran el sistema financiero y de pagos, mediante las siguientes actividades:
• Cambios a la Carta Orgánica del BCU para ampliar las atribuciones de la SSF, incluyendo la regulación y supervisión de las entidades que operan en el sistema de pagos realizando actividad financiera, y redefinir las atribuciones relativas a fiduciarios generales y profesionales, prestadores de servicios de administración, contabilidad y procesamiento de datos.
• Rediseño de las estructuras existentes.
• Rediseño de los procesos de Regulación y Autorización.
II) A nivel sectorial, se propone:
• Desarrollo del sistema financiero mediante (i) reglamentación de las disposiciones de la Ley de Presupuesto en relación a Fondos de Inversión y a la inversión de AFAP en fideicomisos que incorporen activos de empresas que emiten bajo oferta pública o privada, (ii) el apoyo continuo a la Comisión de Promoción del Mercado de Valores, y (iii) la definición de una estrategia para procurar la interoperabilidad de las bolsas.
• Desarrollar un modelo eficiente, proactivo y ágil de atención al consumidor. Se plantea la elaboración de guía de mejores prácticas en Conductas de Mercado y cambio del diseño del Portal del Usuario Financiero.
• Alineación de la regulación y supervisión del sector bancario a estándares internacionales.
• Realizar los cambios regulatorios necesarios en caso de aprobarse el proyecto de ley de activos virtuales dando potestades al BCU.
• Mejorar y actualizar el sistema de información, procurando mayor accesibilidad y eficiencias internas.
B) Iniciativas Operativas:
Dentro de las iniciativas operativas se encuentran:
• Consolidación de la aplicación de estándares en el sistema bancario y otras entidades crediticias
• Reducción de los plazos reales de autorizaciones.
• Mecanismos para facilitar el cumplimiento normativo de forma eficiente: incluye la adecuación normativa en materia de prevención de LAFT en clientes de bajo riesgo y la verificación de identidad mediante el contacto personal, resguardo de datos en la nube por parte de las instituciones supervisadas y la aplicación de la normativa de tercerizaciones en servicios de menor riesgo o ciertos procesadores conocidos recibidos.
• Acciones para el desarrollo del crédito minorista: incluye mayores análisis cuantitativos del mercado de créditos de consumo y la incorporación del acceso de pequeñas y medianas empresas al financiamiento.
• Actualización de información disponible al público y actores del SF: incluye, entre otras, el rediseño del reporte anual del sistema financiero, la publicación de tasas implícitas, y la publicación de Información de gestores y asesores de inversión recibida de los sujetos regulados.
• Revisión Estructura de la SSF: Se continuarán analizando necesidades y eficiencias adicionales a las realizadas en 2021 y en particular relacionadas a la meta institucional de incorporar a empresas del sistema de pagos bajo la órbita de la SSF.
• Actualización de procedimientos de supervisión para evaluar la calidad de atención que brindan las instituciones a sus clientes.
• Automatización en el proceso de supervisión.
• Propuesta modificación legal de la Tasa de Control Regulatoria del Sistema Financiero.
C) Plan de Regulación:
Las materias en las que el BCU planifica regular en el presente año son las siguientes:
• Prevención de LA/FT en las instituciones supervisadas: Adecuación de normativa en materia de clientes de bajo riesgo y verificación de identidad mediante el contacto personal, y reglamentación de la actividad de prestadores de servicios sobre activos virtuales.
• Resguardo de datos en la nube por las instituciones supervisadas.
• Administradoras de fondos de ahorro previsional: Reglamentación de la inversión en fideicomisos que incorporen activos de empresas que emiten bajo oferta pública o privada (incluye revisión del tope de inversión en acciones objeto de oferta pública)
• Mercado de Valores: (i) Definición de inversores calificados (ii) Reglamentación de las condiciones para que las participaciones en fondos de inversión dirigidos a inversores calificados puedan representarse en distintas clases de cuotapartes y de las políticas o criterios para las inversiones de los citados fondos (iii) Adecuación de la normativa de emisiones simplificadas de valores.
• Consumidores: Seguros de cobertura de saldo deudor.
• Reglamentación de la actividad de las empresas que realizan colocaciones e inversiones financieras con recursos propios o con créditos conferidos por determinados terceros.
• Marco contable – Bancos e instituciones financieras no bancarias: Revisión de la normativa en materia de: (i)reestructuración de operaciones de crédito problemáticas (ii) clasificación en categoría 3 de personas físicas con créditos clasificados como morosos o castigados por atraso en el resto del sistema (norma de “arrastre”).