Recientemente, se promulgó una ley que modifica la existente Ley N° 3009/2006 de Producción y Transporte Independiente de Energía Eléctrica, e introduce cambios en la autoridad de aplicación de la ley, en la definición de generación hidroeléctrica menor, y en la adjudicación de los proyectos de generación eléctrica.

Nueva autoridad de aplicación

Anteriormente, la autoridad de aplicación era el Consejo Nacional de la Producción y Transporte Independiente de Energía (Conaptie), que estaba compuesto por miembros de diversos ministerios y secretarías del Estado. Ahora, esta responsabilidad se transfiere al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones a través del Viceministerio de Minas y Energía (VMME).

Redefinición de la generación hidroeléctrica menor

La definición de generación hidroeléctrica menor se ha ampliado. Antes, solo se consideraban los proyectos de hasta 2 MW; ahora, esta categoría abarca proyectos de hasta 50 MW, lo que refleja un cambio significativo en la escala de proyectos considerados bajo este término. La generación hidroeléctrica menor requiere una licencia otorgada por el VMME y la firma de un contrato entre el VMME y el licenciatario.

Licitación pública internacional

Todos los proyectos de generación eléctrica hidráulica en plantas mayores de 50 MW deben ser adjudicados mediante licitación pública internacional. A partir de ahora, también permite que estas licitaciones se inicien a partir de iniciativas privadas. En caso de que el proyecto tenga como objetivo la venta de energía eléctrica al mercado externo, se debe incluir una opción de derecho de compra preferente a la ANDE.