La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) estableció los procedimientos y requisitos para la inscripción, renovación o exclusión del registro del Régimen de Turismo de Compras (RTC). En este sentido, los contribuyentes interesados deberán completar la solicitud en el sistema Marangatú y cumplir con los requisitos establecidos según su tipo de actividad, pudiendo inscribirse en más de categoría.

  1. Requisitos generales: al momento de solicitar la inscripción en el RTC el contribuyente debe (i) estar al día con sus obligaciones tributarias, incluyendo las obligaciones formales; (ii) indicar su actividad (importador, comerciante o intermediario); (iii) declarar una cuenta bancaria local; (iv) declarar el capital integrado; (v) presentar el certificado de cumplimiento obrero patronal emitido por el Instituto de Previsión Social; y, (vi) presentar certificación expedida por el Ministerio de Industria y Comercio que acredite que la empresa no opera bajo el régimen de maquila, no es importadora beneficiaria de regímenes especiales, ni se encuentra acogida a incentivos destinados a la producción de bienes de alta tecnología.
  2. Requisitos específicos para el importador: además de lo señalado anteriormente, el importador debe: (i) adjuntar extractos bancarios del último trimestre con movimientos demostrables que promedien valores específicos dependiendo al capital integrado; (ii) acompañar el inventario de mercaderías correspondientes a los capítulos 61, 62 y 64 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM); (iii) presentar los estados financieros correspondientes a los dos últimos años; y (iv) contar con un capital integrado mínimo de ₲ 300.000.000. En caso de haberse efectuado algún aumento de capital, deberá adjuntarse el documento que respalde esta modificación; y, (v) estar habilitado en el Registro de Personas Vinculadas a la Actividad Aduanera.
  3. Requisitos específicos para el comerciante: los comerciantes deben declarar en la solicitud la dirección de su establecimiento comercial en ciudades fronterizas, la cual debe coincidir con la registrada en el Registro Único del Contribuyente. Adicionalmente, si un importador o intermediario realiza ventas a turistas, deberá también cumplir con este requisito.
  4. Requisitos específicos para las empresas intermediarias de comercio exterior: deberán presentar (i) la escritura de constitución de la sociedad o certificación expedida por el órgano competente en caso de ser Empresas por Acciones Simplificadas; y, (ii) extractos bancarios que acrediten un promedio de movimiento operacional de al menos USD 100,000 o su equivalente en guaraníes. En caso de solicitar la inscripción como intermediario e importador, solo deberá cumplir con los requisitos establecidos para los importadores.

La constancia de inscripción en el RTC será emitida por la DNIT dentro de los 10 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud. La constancia tendrá una vigencia de 2 años y podrá ser renovada por el mismo periodo.

Las enajenaciones realizadas a personas físicas extranjeras con residencia fiscal en el Paraguay o a personas jurídicas constituidas en el país que no se encuentren registradas en el RTC, estarán sujetas al Impuesto al Valor Agregado (IVA), conforme al régimen general.

Las constancias emitidas con anterioridad a esta reglamentación ya no son válidas y, por lo tanto, deberán volver a ser solicitadas.