Recientemente, el Ministerio de Salud Pública (MSP) dispuso la creación de un sistema de relevamiento electrónico para todos los Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo, a través de la Ordenanza N° 324/024.
El fin de dicho sistema es compilar y contar con un listado actualizado de los técnicos y profesionales responsables de los referidos servicios en cada empresa. A tales efectos, cada empresa deberá informar sobre la composición de los Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo que intervengan en ella, de acuerdo con las disposiciones del Decreto N° 127/014.
En consecuencia, todas las empresas que cuenten con los servicios referidos, ya sea porque les resulta obligatorio por la cantidad de empleados contratados o porque voluntariamente decidieron implementarlos, deben cumplir con la obligación de registro.
El sistema de relevamiento tiene un formato electrónico y es de acceso gratuito a través de la página web del MSP. Las empresas deberán completar un formulario web, brindando información específica sobre su organización y sobre la conformación de los servicios contratados. Dicho formulario tendrá carácter de declaración jurada.
La información proporcionada deberá ser actualizada anualmente por la empresa, o siempre que se genere un cambio en el responsable de los Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo.